1) Posición desde la Retorica y Razonamiento, de lo expuesto por Rubén Hernández y Adonay Arrieta sobre el artículo: ¿Dónde están los defensores de la Patria? (2ptos)
Creo que lo que expone el señor Rubén es muy cierto en gran parte de su discurso, los ticos se han mostrado muy callados con todo lo acontecido en el rio San Juan y la invasión de la Isla Calero, la demostración más grande que he visto es el montón de banderas de Costa Rica en las fotos de la red social facebook. Cuando se trataba de crucitas hicieron muchas marchas, demostraciones de oposición y se sintió la negación del pueblo.
Pero como bien lo dice el señor Adonay es más molesto ser testigo de la doble moral que pueden tener muchas personas, porque el tema tratado se encuentra en el ámbito político, pero las personas con doble moral se encuentran por doquier y como bien dice el señor Hernández al citar a Umberto Ecco: “La madre de los cretinos no ha terminado de parir.”
De acuerdo con lo leído en el texto la nueva retorica y los valores, retorica es el estudio de las técnicas discursivas que tratan de provocar o de acrecentar la adhesión a tesis presentadas a un determinado auditorio.
Desde la retorica creo que el discurso del señor Hernández es completamente persuasivo y en efecto al leer los comentarios hechos por los lectores, es muy convincente, logra que los usuarios se adhieran a su pensamiento y lo acepten.
Desde el razonamiento el comentario del profesor Adonay es muy lógico, da premisas concretas y claras, dejando al lector realizar sus propias conclusiones.
2) De acuerdo a la interpretación psicológica o auténtica, ¿cual creen que sea la ratio legis, del artículo 199 de la ley general de la administración pública en relación del caso de crucitas? (1pto)
Artículo 199
1. Será responsable personalmente ante terceros el servidor público que haya actuado con dolo o culpa grave en el desempeño de sus deberes o con ocasión del mismo, aunque sólo haya utilizado los medios y oportunidades que le ofrece el cargo.
2. Estará comprendido en tales casos el funcionario que emitiere actos manifiestamente ilegales, y el que los obedeciere de conformidad con esta ley.
3. Habrá ilegalidad manifiesta, entre otros casos, cuando la Administración se aparte de dictámenes u opiniones consultivos que pongan en evidencia la ilegalidad, si posteriormente se llegare a declarar la invalidez del acto por las razones invocadas por el dictamen.
4. La calificación de la conducta del servidor para los efectos de este artículo se hará sin perjuicio de la solidaridad de responsabilidades con la Administración frente al ofendido.
Creo que la interpretación auténtica de esta norma le corresponde al ente emisor de la misma, así mismo es el pueblo costarricense el más interesado en que se cumpla la ley, y que el problema que el país está enfrentando con la resolución en contra de la minería a cielo abierto sea resuelto de la manera más justa y en especial se castigue a los culpables, porque el Estado es todo el pueblo y por una minoría tendrá que responder una mayoría, sino se encuentra un culpable de lo sucedido.
3) De la lectura de Pedro Haba explique el método lógico dogmatico (1pto)
El método lógico-dogmatico como lo explica el autor Pedro Haba, es la manipulación de conceptos jurídicos, armonizados entre sí según relaciones de coordinación y jerarquía en función de conexiones principales lógicas.
Es cuando se asume una cosa lógica a partir de premisas legales, el autor pone el ejemplo en el que lo que la ley no lo prohíbe de modo expreso, se halla jurídicamente permitido; de igual manera se hace cuando de una ley de mayor jerarquía se deriva una de menor, mientras la de mayor jerarquía este vigente, lo estará también la de menor jerarquía.
4) Señale cinco falacias de la última lectura y señale un ejemplo para cada una. (1pto)
a) Argumento contra el hombre (ad hominem)
Dentro de esta falacia podemos encontrar distintas variantes: estamos frente a una de ellas (ataque al hombre ofensivo) cuando no se ataca a los argumentos del oponente sino a las características personales (nacionalidad, religión, ética, etc.) del que argumenta.
También se comete esta falacia (ataque al hombre circunstancial) cuando se ataca lo que alguien dice porque quien lo dice no se comporta de esa manera; es decir cuando se ignora la cuestión relativa a la verdad o falsedad de sus propias afirmaciones y se trata de probar el argumento atacando las circunstancias del oponente.
Ejemplo: cuando al discutir dos personas “a” y “b”; “a” le dice a “b” que le entregue el dinero porque el “b” es muy tont@ como para guardarlo, ya que perdió una materia en el colegio.
En este caso se está atacando a la persona diciéndole tonto por haber perdido una materia en el colegio pero este insulto no tiene nada que ver con la capacidad para guardar dinero.
b) Apelación a la fuerza (ad baculum)
Ocurre cuando se abandona toda razón para fundamentar algo y se pasa directamente a la amenaza del uso de la fuerza para hacer aceptar una conclusión.
Ejemplo: cuando un padre le dice a su hijo o hija: debes arreglar tu habitación ahora porque si no tendrás prohibido salir el fin de semana; se le está exigiendo a la persona que realice o si no será castigado, no se le dan explicaciones ya que el padre está en posición de autoridad.
c) Argumento por la ignorancia (ad ignorantiam)
Se comete cuando se sostiene que una proposición es verdadera simplemente sobre la base de que no se ha demostrado su falsedad, o que es falsa porque no se ha demostrado su verdad. Del hecho que no podemos confirmar o rechazar una proposición por nuestro desconocimiento acerca de ella, no es posible establecer su falsedad o verdad, respectivamente.
Ejemplo: Cuando se afirma que Dios existe, porque no se puede demostrar lo contrario, o bien en viceversa.
d) Apelación a la piedad (ad misericordiam)
Ocurre cuando las emociones de piedad y altruismo son las emociones principales a las que se apela. Se trata de que se crea lo que se dice porque quien lo dice está o estaría, si no se le cree, en una situación lastimosa.
Ejemplo: Pasa cuando una persona comete un error y todos saben que es culpable, así que apela a la misericordia de las personas que estén fungiendo como jueces en el caso en particular, para que se le perdone.
e) Apelación inapropiada a la autoridad (argumento ad verecundiam)
Se comete cuando se apela al sentimiento de respeto por personas reputadas como famosas, o como autoridad en algún campo, para ganar el asentimiento de una conclusión.
Ejemplo: Cuando se utiliza la imagen de Nancy Dobles (presentadora de televisión) para decir que bailar es bueno para mantener una sonrisa hermosa como la de ella. O bien, cuando se dice que si se usa x marca de champu se tendrá un cabello tan hermoso como el de la famosa, ya que ella lo usa.
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